Borrador. Contenido jurídico pendiente de revisión por un especialista antes de publicar.
Un embargo de cuentas o de los pagos de tus clientes puede paralizar la actividad de un día para otro. Cuando llegan los embargos, el margen de maniobra se reduce, pero todavía hay opciones.
Qué se debe revisar de inmediato
- Quién embarga y por qué importe: un juzgado, Hacienda, la Seguridad Social.
- Si el embargo afecta a bienes necesarios para continuar la actividad.
- Si hay más ejecuciones previsibles a corto plazo.
Cómo afectan los procedimientos de insolvencia
La comunicación al juzgado de la apertura de negociaciones con los acreedores limita, durante un plazo, las ejecuciones sobre bienes necesarios para la actividad. La declaración de concurso paraliza, con carácter general, las ejecuciones singulares. En ambos casos hay excepciones, especialmente para acreedores públicos y con garantía real.
Cada una de estas vías tiene requisitos y consecuencias distintas. Cuál encaja depende de la documentación de tu empresa, y eso es lo que estudia un especialista a partir del cuestionario.