Empresas y autónomos · Toda España
¿Tu empresa no puede hacer frente a sus deudas?
Analizamos tu situación y estudiamos las alternativas disponibles: reestructuración, concurso de acreedores o cierre ordenado.
- Estudio inicial confidencial
- Sin diagnósticos automáticos: lo valora un profesional
Empieza aquí · 3 minutos
¿Eres empresa o autónomo?
Primera de 13 preguntas breves. Al terminar, un especialista estudia tu caso.
Situaciones
¿Te encuentras en alguna de estas situaciones?
- No puedo pagar a proveedores
- Tengo deudas con Hacienda
- Tengo deudas con la Seguridad Social
- Estoy sufriendo embargos
- No puedo pagar las nóminas
- Mi empresa ha dejado de ser viable
- Quiero cerrar una sociedad con deudas
- Me preocupa mi responsabilidad como administrador
- Un acreedor amenaza con iniciar acciones
Soluciones
Cada situación necesita una solución diferente
No todas las empresas con deudas necesitan un concurso. Estas son las vías que se estudian; cuál encaja depende de tu caso.
- Concurso de acreedores El procedimiento judicial para ordenar la insolvencia de una empresa, con continuidad o con liquidación. Saber más
- Concurso sin masa Para sociedades sin bienes suficientes ni para cubrir los costes del propio procedimiento. Saber más
- Procedimiento especial para microempresas El cauce obligatorio para empresas y autónomos de menor dimensión: telemático y simplificado. Saber más
- Planes de reestructuración Para empresas viables que necesitan reordenar su deuda antes de llegar al concurso. Saber más
- Negociación con acreedores Acuerdos de pago con proveedores, entidades financieras y administraciones antes de judicializar. Saber más
- Cierre y liquidación Cómo cerrar de forma ordenada una sociedad que no puede pagar todo lo que debe. Saber más
- Responsabilidad del administrador En qué casos responde el administrador con su patrimonio y cómo reducir ese riesgo. Saber más
- Segunda oportunidad para autónomos y empresarios Exoneración de deudas para personas físicas, cuando legalmente corresponda. Saber más
Diagnóstico inicial
¿Debo presentar concurso de acreedores?
La respuesta depende de datos concretos: el tamaño de la empresa, sus deudas, sus bienes y si la actividad puede continuar. Cuéntanoslo en un cuestionario breve y un especialista hará una primera valoración.
Analizar mi situación- Tres minutosPreguntas de opción, sin documentos ni cifras exactas.
- ConfidencialTus respuestas solo se usan para estudiar tu caso.
- Lo valora un profesionalNo recibirás un resultado automático, sino la llamada de un especialista.
Cómo trabajamos
Primero se estudia, después se decide
- Nos explicas tu situaciónPor el cuestionario, el formulario o por teléfono.
- Analizamos la documentaciónCuentas, acreedores, contratos y garantías.
- Estudiamos las alternativasCon sus requisitos y consecuencias.
- Te explicamos claramente las opcionesPara la empresa, los trabajadores y para ti.
- Si decides continuarSe prepara y gestiona el procedimiento correspondiente.
Por qué CONCURSOS.ES
Especialización, claridad y confidencialidad
- Solo insolvenciaUna plataforma dedicada a empresas y autónomos con dificultades de pago, no un área más entre muchas.
- Estudio antes que procedimientoSe valora si basta con negociar, si conviene reestructurar o si procede un concurso o un cierre.
- ConfidencialidadLo que nos cuentes no se comparte sin tu autorización.
Dudas habituales
Borrador. Respuestas pendientes de revisión por un especialista antes de publicar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un concurso de acreedores?
Es el procedimiento judicial previsto para las empresas y personas que no pueden pagar sus deudas con regularidad. Reúne a todos los acreedores en un único procedimiento y puede terminar con un convenio que permita continuar la actividad o con una liquidación ordenada.
¿Cuándo debe una empresa plantearse presentar concurso?
Cuando no puede cumplir regularmente sus obligaciones o prevé que no podrá hacerlo. La ley obliga a solicitarlo dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se conoció o debió conocerse la insolvencia. Actuar antes suele ampliar las alternativas disponibles.
¿Qué ocurre con las deudas?
Las deudas anteriores al concurso se clasifican y se pagan según el orden que fija la ley. En un convenio pueden pactarse quitas y esperas. Si la sociedad se liquida y se extingue, las deudas que no se hayan podido pagar dejan de poder reclamarse a la sociedad, sin perjuicio de avales o responsabilidades de terceros.
¿Qué pasa con los trabajadores?
Los contratos continúan mientras continúe la actividad. Si son necesarias medidas colectivas, como despidos o suspensiones, se tramitan ante el juez del concurso. Los salarios e indemnizaciones pendientes pueden quedar cubiertos por el FOGASA dentro de los límites legales.
¿Qué ocurre con Hacienda y Seguridad Social?
Sus créditos también entran en el concurso, con una posición en parte privilegiada. Tienen un tratamiento más restrictivo que el resto en planes de reestructuración y en la exoneración de personas físicas, y en ciertos supuestos pueden derivar la deuda al administrador.
¿Puede continuar funcionando la empresa?
Sí. La declaración de concurso no interrumpe por sí sola la actividad. En el concurso voluntario lo habitual es que el administrador siga gestionando la empresa bajo la supervisión de la administración concursal.
¿Qué responsabilidad puede tener el administrador?
Con carácter general, de las deudas responde la sociedad. El administrador puede responder si incumple deberes legales, por ejemplo no solicitar el concurso en plazo o no promover la disolución, si el concurso se califica como culpable, o por los avales personales que haya firmado.
¿Qué es un concurso sin masa?
Es el que se declara cuando la empresa no tiene bienes suficientes ni para cubrir los gastos del procedimiento. Se tramita de forma abreviada y, si ningún acreedor solicita que se investigue la actuación del administrador, concluye con la extinción de la sociedad.
¿Qué es el procedimiento especial para microempresas?
Es el cauce obligatorio para empresas y autónomos con menos de diez trabajadores y un volumen de negocio inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros. Se tramita de forma telemática con formularios oficiales y permite un plan de continuación o una liquidación.
¿Cuánto puede durar un concurso?
Depende del tipo de procedimiento, de la complejidad de la empresa y de la carga del juzgado. Un concurso sin masa puede resolverse en pocos meses; un concurso con liquidación de activos o con convenio puede prolongarse bastante más. Nadie puede garantizar un plazo.
¿Qué documentación necesito?
Para un primer estudio: las últimas cuentas anuales y un balance reciente, un listado de acreedores con importes y vencimientos, los contratos de financiación y avales, la relación de trabajadores y las notificaciones de embargos o demandas.
¿Puedo cerrar una SL que tiene deudas?
Sí, pero si no puede pagarlas todas no es posible una liquidación ordinaria. El cierre se tramita entonces por la vía concursal que corresponda: concurso sin masa, procedimiento de microempresas o concurso con liquidación.
Cuanto antes conozcas la situación real de tu empresa, antes podrás valorar tus opciones.
Analizar mi empresaO, si lo prefieres, déjanos tus datos y te llamamos.